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La Oferta Motivada de la Aseguradora. Renuncia de acciones
a oferta motivada es un documento que la aseguradora notifica al perjudicado de un accidente de tráfico donde especifica la cantidad dineraria que ofrece por los daños personales y materiales padecidos. Como su propio nombre indica es motivada, por lo que no se puede limitar a especificar la cantidad que ofrece sino que además tiene que detallar los informes y datos en los que se ha basado la aseguradora para elaborar dicha oferta. La Ley detalla los requisitos que debe contener la oferta motivada para que sea válida, vamos a analizar a continuación algunos de ellos.

En Informe Pericial Forense en los accidentes de tráfico
El Médico Forense competente para realizar la valoración será a elección del perjudicado bien el del lugar del accidente bien el de su domicilio. Aunque la legislación prevé que la solicitud de examen forense pueda presentarse en cualquiera de los lugares previstos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, recomendamos que la solicitud se presente directamente en el Instituto de Medicina Legal de la ciudad que se elija ya sea presencialmente o en su caso a través de correo certificado con acuse de recibo. La razón de esto último es la falta de coordinación de las administraciones.

La reclamación previa obligatoria a la aseguradora
tras la reforma operada por la Ley 35/2015 se ha puesto un énfasis especial en la reclamación extrajudicial que el perjudicado debe realizar a la aseguradora con carácter previo a la interposición de la demanda judicial por daños producidos en accidentes de tráfico concretamente la ley exige al perjudicado que interponga una reclamación a la aseguradora en la que se describa…