Una de las novedades introducidas por el nuevo baremo de accidentes de tráfico de la Ley 35/2015, es una mayor facilidad del perjudicado a la hora de conseguir reclamar por las lesiones consecuencia de accidentes de tráfico de baja intensidad. Concretamente en el caso de las lesiones consistente en traumatismo menores, ya sean de carácter cervical o vertebral aunque se basen únicamente en la manifestación de dolor por el lesionado sin que existan dictámenes médicos que verifiquen ese dolor.
En estos casos la aseguradora deberá indemnizar los días de incapacidad temporal del perjudicado aunque no exista ningún informe médico que verifique la lesión. Para pedir que además se indemnicen las secuelas sería ya necesario la existencia de informes médicos. Los requisitos que sigue nuestro legislador para que el lesionado pueda reclamar una indemnización por los días de incapacidad temporal que haya sufrido son los siguientes:
- De exclusión, que no haya otra patología que justifique el dolor. Aquí es importante la ausencia de antecedentes clínicos en el perjudicado para pode cumplir con este requisito.
- Cronológico. Que la sintomatología se haya manifestado dentro de las 72 horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido atendido medicamente dentro de ese periodo de tiempo.
- Topográfico, que la zona corporal lesionada coincida con las circunstancias del siniestro de tráfico.
- Intensidad, que haya una adecuación entre la intensidad del accidente y la lesión padecida.
Las aseguradoras suelen intentar obstaculizar las reclamaciones de este tipo, bien basándose en antecedentes clínicos del lesionado o bien a través de informes biomecánicos para negar que el siniestro de tráfico presente la intensidad suficiente que justifique las lesiones que se reclaman.
Sin embargo, los informes biomecánicas de las aseguradoras no suelen tener mucho eco en nuestros tribunales pues su valor científico es muy cuestionable. No suelen tener en cuenta todas las variables del caso concreto: la fisionomía del lesionado, la zona del coche donde iba sentado, las circunstancias ambientales del día del accidente, el modelo de coche concreto…. Por ello, estos informes biomecánicos pueden ser desacreditados con cierta facilidad tanto con informes médicos o incluso con un simple examen de la fuentes del propio informe biomecánico
En resumen, si hemos tenido un accidentes de trafico poco importante que nos obligó a estar de baja médica durante un tiempo a causa de las lesiones padecidas consistentes en pequeños traumatismos cervicales o vertebrales, podemos reclamar una indemnización por todos esos días de baja médica sin necesidad de aportar dictámenes periciales. Requisito importante, no tener antecedentes médicos sobre la lesión que se reclama.
Teodoro Pérez Guerrero
Abogado especializado en responsabilidad civil y seguro