Seguro de vida vinculado a hipoteca. Condenado el seguro

Seguro vinculado a hipoteca

La Sala de lo Civil del TS en sentencia de 15 de abril de 2026 ha condenado RGA Rural Vida SA a indemnizar a la demandante en la cantidad de 73.500 € más los intereses del art 20 LCS a consecuencia de la incapacidad permanente absoluta en la que había sido declarada.

El seguro contratado cubría tanto el fallecimiento de la asegurada como una cobertura complementaria de incapacidad permanente absoluta. La póliza tenía una cláusula  que excluía la  garantía de incapacidad cuando fuera originada por accidentes o enfermedades o dolencias originados con anterioridad a la entrada en vigor de la contratación del seguro aún cuando sus consecuencias se manifestaran durante su vigencia.

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Seguro de vida sin patología previa causal.

En la contratación de préstamos hipotecarios es requisito exigido por la entidad bancaria la contratación de un seguro de vida. La razón es simple, el hipotético fallecimiento del asegurado antes de la amortización del préstamo hipotecario tiene que ser garantizado por un seguro de vida para la tranquilidad de la entidad financiera.

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