Exponemos a continuación varios acuerdos extrajudiciales indemnizatorios a favor de nuestros clientes, que hemos realizado con distintas aseguradoras por negligencia profesional de sus asegurados. No siempre es necesario acudir a los tribunales para conseguir un resultado beneficioso para el cliente, es deseable siempre que sea posible y más beneficioso: el acuerdo. Sobre la forma de llevarse a cabo esos acuerdos tras la entrada de la regulación de los MASC (Medios Alternativos de Solución de CONFLICTOS) nos referimos en https://www.perezguerreroabogados.com/la-negociacion-previa-obligatoria-en-la-responsabilidad-civil/
En los casos que se expondrán ahora nos encontramos ante supuestos de mala praxis profesional llevadas a cabo por despachos de abogados, que dieron lugar en unos casos a que el cliente fuera condenado en costas procesales y en otros casos a la pérdida de oportunidad de obtener su pretensión. Puede haber supuestos tambien en que se produzcan ambas cosas: la pÉrdida de oportunidad y la condena en costas.
La negligencia profesional en el ámbito jurídico puede tener como consecuencia gastos producidos al cliente que se podrían haber evitado de no haberse cometido el acto negligente. Son los gastos procesales y dentro de esos gastos están las costas procesales que tratamos en https://www.perezguerreroabogados.com/gastos-procesales-y-costas-procesales/
En otras ocasiones hemos hablado de la pérdida de oportunidad, es decir, de las posibilidades de éxito que se han visto frustradas como consecuencia de la negligencia del profesional. Nos remitimos aquí a distintos artículos que desarrollamos el tema de la pérdida de oportunidad https://www.perezguerreroabogados.com/negligencia-del-abogado-la-perdida-de-oportunidad/
Exponemos a continuación algunos de los casos sobre los que hemos llegados a acuerdo extrajudiciales con las aseguradoras de responsabilidad civil profesional y no ha sido necesario acudir a los tribunales:

CASO 1 (DOC DE LA IZQUIERDA)
En este caso el letrado interpuso la demanda ante la jurisdicción civil cuando la competente era la jurisdicción contencioso-administrativa. Ello dio lugar a que el cliente fuera condenado en costas procesales al ser desestimada su demanda, tras recurrir en apelación y ser desestimado su recurso hubo condena nuevamente en costas.
Se consideró que hubo negligencia profesional y se le indemnizó al cliente en las costas procesales que tuvo que abonar en los respectivos procedimientos judiciales. Se indemnizó a nuestro representado en la cantidad de 90.000 € por parte del seguro de responsabilidad civil del letrado que cometió la negligencia.

CASO 2 (DOC DE LA DERECHA)
En este segundo caso, el letrado interpuso la demanda fuera de plazo porque confundió lo conceptos caducidad y prescripción. La diferencia fundamental entre ambas figuras jurídicas, es que los plazos de prescripción pueden interrumpirse por una reclamación extrajudicial mientras que los de caducidad no. Ello dio lugar a que la demanda fuera desestimada por caducidad ya que la reclamación extrajudicial que realizó el letrado no tuvo ningún efecto dando lugar a que el cliente fuera condenado en costas procesales.
Se consideró que existía negligencia profesional y se llegó a un acuerdo para que se indemnizara al cliente en el pago de las costas procesales por parte del seguro de responsabilidad civil del letrado en cuestión. Se indemnizó a nuestro representado en la cantidad de 47.876, 12 €

CASO 3 (DOC DE LA IZQUIERDA)
El tercer caso es un supuesto de perdida de oportunidad, aquí la demanda no llegó a interponerse por transcurso de los plazos procesales. El letrado debía demandar en un caso de accidente de trafico para reclamar indemnización por las lesiones padecidas por el cliente, pero al no hacerlo dentro de plazo el cliente perdió la oportunidad. Se considero que existía alta probabilidad de éxito en esa demanda de haberse interpuesto y se le indemnizó al cliente por el seguro de responsabilidad civil del letrado, con indemnización calculada tras dictamen médico pericial de valoración del daño corporal.
Se indemnizó a nuestro representado en la cantidad de 7000 €. Tratamos tambien otro supuesto de pérdida de oportunidad por litigio de accidente de tráfico en https://www.perezguerreroabogados.com/caso-de-exito-negligencia-profesional-perdida-de-oportunidad/
Conclusión
Tras la aprobación de los MASC por la LO 1/2025 1 de enero de Eficiencia de la Justicia, la negociación entre partes previa a la vía judicial tiene un mayor peso de lo que tuvo hasta ahora. Se pone un mayor énfasis con el objetivo de evitar largos procesos judiciales, sin embargo, nunca puede ser tomada como un chantaje para que el ciudadano acepte condiciones perjudiciales o inaceptables. Cuando no es posible el acuerdo se tiene que ir si más remedio a los tribunales, y la parte que obstaculizó el acuerdo previo con negativas nada razonables o con pretensiones sobrevaloradas debe sufrir las consecuencias negativas del proceso judicial con la correspondiente condena en costas procesales y el pago de los intereses que procedan.
Teodoro Pérez Guerrero